EMANCIPACIONES / Despacho de Abogados La Vera

EMANCIPACIONES

Esta circunstancia se da cuando en un menor de edad se dan una serie de circunstancias y se le considera mayor de edad por el ordenamiento jurídico. Es poco común que los menores hoy día quieran emanciparse antes de cumplir los 18 años, edad, en la que la persona alcanza la mayoría de edad.

EMANCIPACION DE MENORES

Somos expertos en demandas por emancipación de menores, las cuales contemplan esas situaciones en las que una persona que no tiene la mayoría de edad legal, se la considera mayor de edad por ordenamiento jurídico.

Esta situación no es muy común, y en cualquier caso, la persona interesada al menos debe tener los 16 años cumplidos, y presentar una serie de requisitos concretos para poder optar al proceso de emancipación de menores.

Se trataría de una nueva situación en la que el menor considerado mayor de edad, se le considera con la capacidad de gobernar su vida en su totalidad, incluso sus necesidades y los bienes que pueda haber acumulado por diferentes motivos.

En los casos en los que los padres consideren que sus hijos no están preparados para tales efectos, podrán recurrir a abogados familiares que les disuadan de alcanzar esa emancipación, por su bien propio y también en muchas ocasiones, por el bien de la familia en su conjunto.

Esta situación merece la pena analizarla con calma, ya que existen varios factores que conviene saber con detalle para entender al máximo cada caso personal, y esa ayuda te la prestamos en nuestro despacho de abogados de familia de Valencia.

EMANCIPACION DE MENORES: QUE SUPONE

La manera de obtener la emancipación de menores se logra por medio de un procedimiento aprobado por consenso entre los padres que ceden la patria potestad al menor, y el menor que quiera recibirla por motivos varios, y por otro lado, por mandato judicial.

En este último caso, la emancipación de menores se produce cuando los progenitores viven separados, o bien, uno de ellos se ha casado con una persona ajena a la unidad familiar.

Asumir esta nueva situación implica una serie de responsabilidades que le acompañarán el resto de su vida, como son la siguientes:

La persona emancipada será libre para trabajar de forma independientes a la unidad familiar.

Al mismo tiempo, tendrá que mantenerse a sí mismo, sin poder depender económicamente de su familia.

Podrá contraer matrimonio si lo desea, sin necesidad del consentimiento de sus padres.

Al fin y al cabo, de lo que se trata es de que el menor disponga de su vida tal y como desee, sin ser una carga para sus progenitores, y sin poder reclamarles nada a partir de ese momento.

Existe un caso especial de menor emancipado, en la que una persona que recibe el nombre de curador, reemplaza a los padres cuando éstos faltan o no están en condiciones de ejercer como padres.

Tiene la labor de vigilar al menor para que lo que haga no perjudique su propia vida o la de los demás.

LIMITES DE LA EMANCIPACION DE MENORES

Los límites de este estado legal son irrevocables, es decir, cuando un menor se emancipa, ya no puede volver hacia atrás, debe estar totalmente seguro de su decisión y acatar las normas uy los límites que esas situación le imponga.

Además, existen unos límites que entre los 16 y los 18 años, a pesar de estar emancipados, no se deben traspasar en la emancipación de menores, se resumen en la siguiente idea.

El menor debe ser autorizado por los padres o el curador, a la hora de autorizar ciertas operaciones comerciales:

Adquisición de una hipoteca, o cualquier préstamo económico.

Gravar bienes inmuebles, establecimientos mercantiles u objetos de valor extraordinario.

En todos los casos, los menores deben acatar una serie de límites sin discusión alguna, ya que aunque legalmente se pueda haber adelantando la mayoría de edad en relación a la emancipación, existen ciertas cuestiones, como las comentadas, que conviene no dejar de lado en ningún momento.