DEMANDA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA / Despacho de Abogados La Vera

Hay determinados casos en los que los progenitores no asumen sus obligaciones, habitualmente la de visitas o la del pago de pensión de alimentos, hay determinados procedimientos para obligar al progenitor a llevar a cabo sus obligaciones.

DEMANDA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA – IMPAGO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS

Hay dos posibilidades:

A) Procedimiento Civil: Demanda de Ejecución de Sentencia. En los procedimientos de divorcio y separación, ya sea de mutuo acuerdo, ya sea contenciosos, concluimos con una sentencia. Si esa sentencia se incumple se puede pedir el cumplimiento de la misma por vía civil.

B) Procedimiento penal: Podemos solicitar también el pago de pensión de alimentos o compensatoria por vía penal, cuando concurran los requisitos establecidos por el ordenamiento jurídico. Es importante destacar que los Juzgados, en el ámbito penal están requiriendo un elemento doloso para la imposición de la pena

DEMANDA DE EJECUCION DE SENTENCIA

Una demanda de ejecución de sentencia no quiere decir más que existen padres que no se preocupan por el estado de salud de sus hijos, sobre todo en lo que se refiere a régimen de visitas, pago de pensiones o similares.

En este sentido, existen procedimientos actuales y eficaces que obligan a los progenitores a cumplir la sentencia que firmaron de custodia y cuidados en su día.

Nuestro equipo de abogados de familia especializados en demanda de ejecución de sentencia, se preocupa de forma permanente de establecer una rutina clara de actuación en todos aquellos casos en los que las obligaciones no se están cumpliendo, y son fundamentales para conseguir la estabilidad de la persona en cuestión, y por supuesto de sus hijos.

En esta misma línea de incumplimientos, también se incluyen los impagos de la pensión de alimentos.

Para solventar esta incómoda situación, existen dos vías posibles. Por un lado, el procedimiento civil y por otro lado, el procedimiento penal, que iremos viendo con detalle más adelante.

En ambos casos, la solución rápida de estas cuestiones requiere de un nivel de urgencia máximo, ya que estaría afectando en la rutina diaria de los implicados.

DEMANDA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA: CONTENIDO Y REQUISITOS

Estas cuestiones legales de ejecución de sentencia siempre deben hacerse de acuerdo a unos contenidos establecidos en el artículo 549 de la ley 1/2000 de 7 de enero del LEC o enjuiciamiento civil, que bajo el procedimiento legal del equipo de abogados correspondiente, determina que los contenidos de la demanda para ejecutar esta sentencia deben ser los siguientes:

Determinación del tribunal ante el que se presenta la demanda.

Identificación de las partes que litigan en dicho proceso.

Título que fundamenta dicha ejecución.

Tutela ejecutiva que se quiere conseguir, que puede ser de tipo monetario o de tipo acción u obligación.

Bienes que podrían ser embargados en caso de no ejecutar con éxito la demanda.

Medidas de localización e investigación.

Suscripción, en caso de que sea necesario, realizada por el procurador y el abogado.

Por otro lado, también pude resultar de interés el hecho de conocer con exactitud el palazo para ejecutar una sentencia civil.

Este plazo se suele establecer en un plazo de 5 años desde que se `produce en firme la resolución, tanto a nivel judicial, como a nivel arbitral como en un acuerdo por mediación.

Como es lógico, también existen excepciones en dichos plazos de tiempo a la hora de interponer una demanda de ejecución de sentencia, de forma que se consideran las siguientes:

Si la cantidad de dinero es indeterminada.

En caso de divorcio, desde el momento en el que se dejan de pagar las cantidades que corresponden.

DEMANDA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA: PROCEDIMIENTO CIVIL Y PENAL

El procedimiento civil para llevar a cabo una demanda de ejecución de sentencia en casos de divorcio o separación, que se suele realizar de mutuo acuerdo o por el proceso contencioso, concluye con una sentencia.

Si esa sentencia se llegara a incumplir, se puede solicitar el cumplimiento de la misma por vía civil.

En este caso concreto, y según el artículo 517 de la ley de Enjuiciamiento, se establece que existen dos procesos diferenciados según se trate una ejecución dineraria, o del inicio de una acción determinada.

En cuanto a la ejecución dineraria es la más frecuente, de forma que se pretende obtener una cantidad concreta de dinero por parte del demandado en un acto de entrega al demandante, que justifique la demanda de ejecución de sentencia que se haya estipulado.

Bajo la tutela y el seguimiento de expertos en este tipo de cuestiones, es posible determinar cantidades por las que se insta la ejecución.

En casos en los que no se pueda hacer frente a una determinada cantidad dineraria, se pasará por el llamado resarcimiento económico, que se concluye con la ejecución dineraria.

El procedimiento de demanda de ejecución de sentencia establece también que se pueda realizar una ejecución, tanto de hacer algo, como de entregar una cosa.

En cuanto a la demanda de tipo penal, debe existir una sentencia penal firme y de condena, que puede incluir pena de prisión, pena de localización permanente o al responsabilidad personal subsidiaria con impago de multa.

DEMANDA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA: IMPAGO PENSION ALIMENTOS

Este tipo de demanda contempla las ocasiones en las que uno de los cónyuges o el otro miembro de la pareja de hecho no abona la pensión de alimentos, que se haya establecido de forma previa por convenio regulador o por imposición en una sentencia de divorcio o separación matrimonial.

La demanda de ejecución de sentencia se puede reclamar de varias maneras, una de ellas es por medio de un procedimiento civil de reclamación de la cantidad que corresponda, y en otro caso, sería por la vía penal, interponiendo una denuncia penal.

En ambos casos se intenta proteger al máximo a los beneficiarios de dicha pensión alimenticia.